miércoles, 21 de abril de 2010

Por ahí viene el ACTA

En el día de hoy se hizo público, oficialmente, un borrador del Anti-Counterfeiting Trade Agreement; un acuerdo internacional sobre la puesta en vigor de normas de propiedad intelectual que, hasta ahora, se negociaba en secreto por las economías mundiales más importantes. Ya se había circulado algunos borradores no oficiales, y las reacciones no esperaron.

Entre otras cosas, el borrador más reciente, en lo que es una tendencia global en propiedad intelectual, refleja un enfoque hacia intermediarios (los ISPs, por ejemplo), normas de responsabilidad por actos de terceros y sus obligaciones legales para con la violación de derechos de autor por parte de los usuarios individuales. Se abre la puerta para el 3-strike, aunque no se requiere, se establecen normas de responsabilidad vicaria y concurrente de estos intermediarios, y se incorporan elementos cruciales del Digital Millenium Copyright Act que prohíben circunvalar métodos de protección tecnológicos (DRMs), entre otras cosas. Aunque algunos de estos mecanismos ya están vigentes en Estados Unidos, y en Puerto Rico, no son la norma en todos los países. Algunos, como en Canadá, han rechazado enérgicamente algunas de estas medidas, por lo que es transparente el esfuerzo de intereses en la industria de derechos de autor por entrar por la cocina internacional aquello que no han podido entrar por la puerta principal en estas jurisdicciones.

Un recuento del ACTA y su ubicación legal entre los tratados internacionales correspondientes lo encuentran aquí. Una reacción inicial de Sean Flynn, de American University en Washington, aquí. Estaremos pendiente.
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Añadidura del 22 de abril. Para un análisis sección por sección, ver: https://sites.google.com/site/iipenforcement/acta-section-analysis
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